domingo, 12 de septiembre de 2010

DANIEL FIGALLO DEFIENDE DENUNCIAS CONTRA JUECES

Actualidad: Perú 21, domingo, 12 de setiembre 2010 http://peru21.pe/noticia/638016/figallo-defiende-denuncias-contra-jueces Figallo defiende denuncias contra jueces El procurador indicó que no busca afectar la imagen del Poder Judicial, sino colaborar con la “limpieza de la justicia en el país”. “Son jueces los que afectan imagen de institución; son los menos, pero lo hacen”, dijo. (Perú.21) El presidente del Consejo de Defensa Judicial del Estado, Daniel Figallo, aclaró que las denuncias por corrupción realizadas por su despacho contra 116 jueces no buscan, en modo alguno, afectar la imagen del Poder Judicial sino, por el contrario, “representan un acto de colaboración para la limpieza de la justicia en el país”. Así respondió el procurador a las declaraciones del vocal supremo César San Martín, quien expresó cierto malestar porque las denuncias del Ejecutivo podrían significar “una mella en la independencia (del Poder Judicial) que no puede aceptarse”. Y para despejar cualquier duda al respecto, comentó: “Nosotros valoramos y defendemos la independencia de los jueces. Incluso hemos orientado a los procuradores para que no denuncien solo porque han perdido un juicio, pues tienen que ganar con argumentos. Pero son los jueces, con sus irregularidades y sus sentencias que lindan con el delito, los que afectan la imagen de la institución; son los menos, pero lo hacen”, acotó. OPINION: Por Víctor Omar Mendoza Rodríguez. Si el Presidente del Consejo de Defensa del Estado denunció a 116 jueces por presunta corrupción, deberíamos imaginar cuantos más podrían ser denunciados pero no lo son; por temor, y/o por el alto costo que ello significa. Sin embargo, existen procuradores que entorpecen la acción de la justicia sin sustento ni fundamento, y así dilatan los procesos incluso en ejecución de sentencia. Ejemplo: Cito el Expediente Nº 00009-1991-0-0201-JM-CI-01 que corre en el Primer Juzgado Mixto de Huaraz – Ancash. Este proceso en EJECUCION de Sentencia - garantía constitucional de Amparo - protege derechos constitucionales, y ordena el pago de haberes insolutos del demandante, y tiene un retardo inaudito de diecinueve (19) años en estado de Ejecución. Así se BURLA el Estado de las resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, pues, no las cumple por acción del procurador, bajo complacencia de jueces pusilánimes, algunas veces suplentes que conocen el proceso. En tal razón y con el mismo objeto que invoca el doctor Figallo cuando dice: “representan un acto de colaboración para la limpieza de la justicia en el país”. Debería hacer lo propio con los procuradores a fin de que cumplan la sentencia en sus propios términos conforme al artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, respetando además el estado de derecho y seguridad jurídica que dicen defender. Debemos ser coherentes con la realidad, sin discriminación ni abuso del derecho, máxime, cuando los derechos laborales son irrenunciables, inalienables, e imprescriptibles, y la burla constituye grave atentado contra los derechos humanos.