domingo, 29 de mayo de 2011

FIEBRE DEL ORO

Se anuncia la fiebre del ORO en el mundo, y todos compran el precioso metal menos el estado del Perú. Somos el tercer país productor de ORO en el mundo, y hoy 28-05-2011, el Diario Gestión - http://gestion.pe/noticia/764084/oro-subio-ante-debilidad-dolar - dice: “El oro al contado tocó los 1,538.10 dólares la onza, su mayor nivel desde el 4 de mayo. Cotizó por última vez a 1,535.60 dólares la onza desde 1,518.10 dólares el jueves en Nueva York”.

México compró 93 Toneladas de ORO valoradas en US$ 4,000 millones de dólares, y hoy tiene 100 Toneladas de ORO. Este precioso metal es la mejor garantía de la económica, y se usa como resguardo de valor. En cambio el tercer mundo guarda papeles o billetes conocidos como dólares o euros. El Perú tiene 34 toneladas y Estados Unidos acumula 8,000 Toneladas de ORO que representa el 26 % del total de oro del mundo según el Diario Gestión del día 12-05-2011: (“Estados Unidos, por ejemplo, tiene alrededor de 8 mil toneladas de oro (26% respecto al total mundial), Perú tiene 34 toneladas y México antes de esta compra tenía alrededor de siete toneladas”)

¿Cómo explicar a los legos o necios que no entienden los problemas de Puno, Ancash, Cajamarca, Tambo Grande, o Majaz? En estos casos el campesino es obligado a dejar sus tierras y migrar a la ciudad para luego - de productor convertirse en consumidor del mercado - pero además contribuyente sin empleo. Pues, si el dinero recibido le permitió comprar algún bien en la ciudad debe tributar a la municipalidad caso contrario el SAT iniciará acciones coactivas, incluso exigirá pagar por seguridad ciudadana que no existe, estando más bien a merced del asalto y robo de sus escasos enseres.

Un somero análisis debería hacernos reflexionar, sobre todo a quienes por impericia en la materia no tienen idea de la riqueza que contienen los recursos naturales no renovables como minerales, gas, petróleo. La explotación de estos recursos genera contaminación. En efecto, desde la década del 90 observamos a los gobernantes de turno que con suma facilidad y desparpajo entregan los recursos mediantes contratos ley consagrados en el artículo 62º de la Constitución Política a inversionistas extranjeros. Estos pagaron a las comunidades campesinas por los derechos superficiales de las tierras el precio vil de US$ 0.02 metro cuadrado, equivalente a US$ 200 hectárea. Sería bueno cotejar este valor con el precio del m2 en zonas residencial de Lima. Pero eso no es todo, existe información difundida por los medios dando cuenta que las acciones y derechos mineros vendidos fuera del territorio nacional; por ejemplo en la bolsa de valores de Toronto - Canadá, no habrían tributado al estado peruano, pese a que el bien (derechos mineros) están en el Perú. Surge ahora otro problema en Puno generando más conflictos sociales por la injusticia e iniquidad frente a la indiferencia y soberbia de algunas autoridades.

¿Qué diría usted amigo lector si recibiera el mismo trato que los campesinos?

Por esa simple y poderosa razón, además de otras, el pueblo protesta y anuncia que votará por Ollanta Humala. No hay por que asustarse. Todos debemos tributar. Pero, los que ganan más deben pagar más. (T.28-05-2011)

miércoles, 25 de mayo de 2011

APUNTES PARA LA REFORMA TRIBUTARIA

El Líder de GANA PERU Ollanta Humala anuncia la reforma tributaria. La propuesta es sensata, coherente, y necesaria, pues observamos cómo algunos operadores aplican el Código Tributario draconiano para los débiles, siendo dóciles con los poderosos. Por eso ¿Cómo explicar que empresas rentables acumulen deudas tributarias y no paguen? En parte el problema se explicaría por la corrupción y frondosidad de normas confusas y complejas. Así pequeños negocios de subsistencia como bodegas, restaurantes, artesanos, locutorios, etc. son objeto de acoso por omisiones triviales como no otorgar comprobantes de pago por importes bizantinos. La medida es excesiva en las MYPE sujetas al Régimen Único Simplificado (RUS), que de acuerdo a normas con parámetros de pago tributario y cuotas mínimas desde S/. 20.00 al mes como se verifica en el portal web de SUNAT (*Ver cuadro). En este caso la fiscalización no sería rentable (la lavada cuesta más que la camisa). Debería variar el objetivo que apunta a las MYPE (sacar sangre al sancudo) y orientarlo a grandes negocios (sacar sangre al rinoceronte) como la gran minería, gas, bancos, telefónica, etc. Es decir, deberíamos lograr mejores metas de recaudación tributaria cobrando más a los que ganan más en función del patrimonio y rentabilidad. Solo así podremos resolver el problema de fondo para orientarlo a los fines sociales del estado como: pensión 65, salud para todos, y educación de calidad entre otras.

(*) Fuente: Porta web de SUNAT – Régimen Único Simplificado – RUS

Las categorías son 5 y están detalladas en la siguiente tabla:

De acuerdo al monto total de Ingresos Brutos y adquisiciones mensuales se ha fijado también la categoría que le corresponde a cada contribuyente y su cuota mensual que debe pagar en este Régimen:

P A R A M E T R O S

Categoría

Total de Ingresos

Brutos mensuales

(Hasta S/.)

Total de Adquisiciones

Mensuales

(Hasta S/.)

Cuota

Mensual

1

5,000

5,000

20

2

8,000

8,000

50

3

13,000

13,000

200

4

20,000

20,000

400

5

30,000

30,000

600

Conflicto social y pobreza:

La situación tributaria es compleja y en parte sería causal del conflicto social y pobreza que agobia a un amplio sector de la población. En efecto, el Código Tributario rige por igual para las MYPE y personas naturales; que para la gran minería, telefónica, bancos, gas, etc. No existe proporcionalidad y razonabilidad entre el descomunal patrimonio de grandes empresas y los precarios bienes del pueblo como taxistas, bodegas, librerías, artesanos, profesionales, y pensionistas con ingresos viles que no cubren la canasta familiar siendo objeto de acoso por SUNAT y SAT en algunos casos. En cambio las grandes empresas obtienen enormes utilidades de los recursos naturales que explotan dentro del marco de seguridad jurídica y estabilidad tributaria que no rige por igual para las MYPE. Así mismo, no debemos olvidar la corrupción, que en realidad subsiste y no ha sido erradicada pese a diversos intentos sin resultados eficaces.

En cambio el pueblo (MYPE, pensionistas, artesanos, comerciantes, etc.) es aplastado por la presión tributaria agravando su precaria economía sin poder ejercitar el reclamo y defensa por ser onerosa y compleja. En efecto, para formular cualquier reclamo el Código Tributario exige firma de letrado a costo oneroso, limitando el derecho de cualquier taxista por infracciones al tránsito, o al pensionista que no puede pagar arbitrios municipales por su precaria vivienda, mientras los empleados municipales (caso Municipalidad Provincial de Trujillo) gozan de privilegios y ventajas con exoneración al pago de arbitrios y otros tal como fluye de la Ordenanza Municipal Nº 005-2011-MPT y otras. Esta realidad sugiere analizar y perfeccionar las normas tributarias dando igual trato al contribuyente, caso contrario estaríamos como estamos frente al modelo de economía injusta sin rostro humano, con discriminación y exclusión social conocido como “ley del embudo”. Si no fuera así no veríamos tantos niños trabajadores y/o mendigos en las calles, recicladores, taxistas con título profesional, y una creciente ola delictiva que se hace evidente por la grave inseguridad ciudadana. Pese a ello la municipalidad cobra arbitrios por seguridad ciudadana y ejecuta acciones coactivas sin prestar un servicio real y efectivo de acuerdo a ley.

En ese estado de cosas los medios informan que existen 250 conflictos sociales que protestan por el problema socio ambiental y la pobreza. Eso indica que no se siente el efecto real del crecimiento. La población económicamente activa (PEA) conformada por trabajadores manuales e intelectuales vive del trabajo dependiente e independiente que solo permite la sobrevivencia y no el desarrollo. Siendo así, la acción de la SUNAT no resuelve el problema tributario; pero agrava el conflicto social cuando el pequeño negocio sufre el acoso que en muchos casos termina con calusura y multa al establecimiento sin alcanzar las metas de recaudación. Así un trabajador independiente que para sobrevivir se embarca en un pequeño negocio como librería o cualquier otro, podría terminar quebrado por deudas exorbitantes a SUNAT que crecen como bolas de nieve y son impagables. Si bien todos debemos tributar, cada cual debería hacerlo en función del patrimonio y rentabilidad del negocio. Por esa razón es imperioso corregir las normas tributarias, sin mellar el derecho a la defensa y debido proceso del contribuyente más pobre que no estando en capacidad de cumplir con obligaciones tributarias y no tributarias como arbitrios municipales, o infracción al tránsito, pierde sus bienes o herramientas de trabajo por multas y/o acción coactiva agravando la crisis. Al paso que vamos llegará el día que los peatones no podremos caminar libremente por las calles sin incurrir en infracción, solo falta que cobren por respirar y como no podremos pagar las multas es posible que nos embarguen el cuerpo o el alma. De otro lado el incremento de multas por cualquier infracción que son muchas, agrava el problema social y favorece la corrupción por obvias razones. Pues, si el costo de la infracción sube la coima alza automáticamente. Hay que frenar el abuso y la corrupción con normas inteligentes. Los coimeros no otorgan comprobantes de pago y no es fácil probar los hechos, pero existen.

Sería conveniente que la reforma tributaria apuntara a un procedimiento simple y eficaz eliminando la exigencia de firma de letrado para el procedimiento de reclamo en vía administrativa como ocurre en la actualidad en SUNASS, OSIPTEL y OSINERGMIN. Incluso los reclamos deberían realizarse por medios electrónicos sin costo alguno.

MYPE y Empleo masivo:

Las MYPE generan empleo masivo inmediato para combatir el desempleo que motiva la migración. Existe un estimado de tres millones de peruanos que migraron en busca de trabajo. Los que quedamos somos sub empleados en actividades de subsistencia como: taxis, bodegas, restaurantes, zapateros, sastres, artesanos, mecánicos, electricistas, recicladores, y otros sujetos al Régimen Único Simplificado (RUS). (*)

En forma general estos empleos son precarios y de supervivencia, se caracterizan por la informalidad ausente de la seguridad social y beneficios laborales - es habitual escuchar la frase que dice; si no trabajo no como - cuya medida real se hace evidente por el nivel salarial y estatus social de la población laboral inmersa en esta actividad. Un analista serio podrá verificar esta observación, pues, en tales condiciones no es viable el crecimiento y menos el desarrollo, cualquier resultado distinto podría ser materia de preocupación. Distinto es la minería; Barrick Misquichilca S.A. podría ser buen ejemplo ilustrativo. Las utilidades netas al 30 de junio 2010 se calculan en US$ 443.1 millones según Informe de Calificación del portal web: http://www.equilibrium.com.pe/Barrick.pdf y para el proceso de producción que genera riqueza requiere solo de 500 puestos de trabajo directo como aparece en la siguiente dirección electrónica: http://www.barricksudamerica.com/operaciones/lagunanorte_informacion.php

Ampliar la base tributaria y Rentabilidad

El diario Gestión en su edición del día 02-05-2011 http://gestion.pe/noticia/751325/cuatro-mineras-concentran-65-impuesto-renta precisa que cuatro empresas mineras concentran el 65 % del impuesto a la renta, y sugiere ampliar la base tributaria.

Pero, ampliar la base tributaria como alude Gestión apunta a la MYPE, artesanos, bodegas, taxistas, profesionales independientes, etc. Eso sería sacar sangre al sancudo por cuanto los resultados no satisfacen el costo-beneficio. No sugerimos que éstos dejen de tributar, sino que la recaudación no sería significativa para resolver los problemas sociales de fondo como: pensión 65, salud para todos, y educación de calidad entre otras. Entonces; si cuatro empresas mineras concentran el 65 % del impuesto a la renta como señala el citado diario, debemos precisar que el 50 % de esta renta conforma el canon minero. Es decir, es el estado quien paga el canon minero y no las empresas como algunos creen. Por eso, si la coyuntura del mercado internacional alza el precio de los minerales sin esfuerzo alguno del inversionista, la diferencia constituye sobre ganancia, siendo justo que el estado propietario de los recursos naturales (el estado somos todos) participe de modo equitativo con el 50 % de las utilidades, así ganamos todos.

La medida correctiva podría ser un tributo directo, pues las empresas mineras obtienen ingentes utilidades presumiendo iniquidad en los contratos de concesión, por eso sería conveniente revisar y renegociar los contratos entre las partes a partir de los resultados que registran los Estados Financieros como lo evidencia por ejemplo el Informe de Clasificación realizado por Equilibriun Calificadora de Riesgo S.A. de fecha 06 de octubre de 2010, http://www.equilibrium.com.pe/Barrick.pdf de la unidad minera Laguna Norte (Alto Chicama) en la Región La Libertad, de cuyo contenido fluye con claridad que el cash cost de la onza de oro es de US$ 139. Entre tanto el precio de venta internacional oscila y supera los US$ 1,500 por onza. Se estima que una unidad minera podría tener un potencial de reservas probadas y probables de doce millones de onzas de oro o más al término de las operaciones, por lo que cada cual puede analizar y calcular las sobre ganancias. Esa es la cuestión por resolver con equidad.

La minería hoy es el mejor negocio con alta rentabilidad, siendo las minas de oro, cobre, zinc, molibdeno, plata, las que obtienen astronómicas ganancias con seguridad jurídica y estabilidad tributaria garantizados mediante contratos ley consagrados en el Artículo 62º de la Constitución de 1993. Otro negocio rentable sería la universidad pese a que es deber del estado satisfacer plenamente la educación. Sin embargo el Perú tiene hoy 120 universidades de las cuales el 70 % son privadas con singular éxito económico, y no así en calidad educativa. Pese a ello la universidad está exonerada “de todo impuesto directo e indirecto que afecte los bienes, actividades y servicios propios de su finalidad educativa” de acuerdo con el Artículo 19º de la Constitución. Por eso crecen las utilidades, y existe presunción que algunos promotores orientan esas utilidades al fútbol rentado y política partidaria desnaturalizando el fin social de la educación, máxime, cuando adolecen de centros de investigación, laboratorios, bibliotecas, profesores idóneos, etc. para mejorar la calidad. profesional de los alumnos. Por esa razón las universidades deberían tributar eliminando el privilegio de la exoneración o inafectación consagrada en la constitución. Sería loable que con sentido patriótico y responsabilidad social los nuevos congresistas impulsaran la reforma constitucional del Artículo 62º; así como el artículo 19º que exonera de impuestos a las universidades. Pues, mientras no graven con impuestos directos a las sobre ganancias mineras y tributen las universidades, no será posible financiar los programas sociales de pensión 65, cuna más, salud para todos, y educación de calidad. Acosar a las MYPE y otros bajo el criterio de ampliar la base tributaria no rendirá frutos. Lo sensato es cobrar más a los que ganan más.