miércoles, 21 de diciembre de 2011

MINERIA Y RESPONSABILIDAD SOCIAL

El proyecto minero Conga despierta hoy la inquietud mediática y política de la población, de tal forma que fluyen los más insólitos comentarios, incluso surgen nobeles expertos cada cual con su propia verdad algunas veces graciosa. Entre tanto, los hechos alteran la paz laboral y tranquilidad de la población por los conflictos sociales conocidos. En esa razón como aporte a la comprensión del problema resumo algunos impactos positivos y negativos que genera la explotación minera. No son los únicos, pero permiten una somera idea racional a partir de la realidad concreta que cualquier persona puede verificar de manera directa, sin subterfugios ni intermediarios.

Impactos positivos: Fortalezas La minería es la actividad económica esencial para la economía nacional, y constituye el principal soporte del presupuesto nacional con significativos pero insuficientes aportes en materia tributaria. El Perú es país minero por excelencia, y desde el punto de vista objetivo no deberían existir poblaciones en extrema pobreza en zonas mineras. Esta paradoja debe ser corregida.
  • La rentabilidad de la industria minera a cielo abierto es enorme, y se sustenta en la abundancia de recursos minerales que existen en minas polimetálicas de fácil manejo y bajos costos de operación. A ello suma la normatividad generosa al inversionista para adquirir acciones y derechos mineros; así como la seguridad jurídica y tributaria de sus operaciones consagrada en el Título III, Del Régimen Económico de la Constitución Política. Por esa razón el empresario se siente protegido con un marco legal favorable, descuidando su responsabilidad social con las comunidades y pueblos en zonas de influencia minera que terminan siendo focos de potenciales conflictos. Lo propio ocurre con el Estado, pues, desde la década del noventa las mineras pagaron a las comunidades campesinas US$ 200 hectárea por los derechos superficiales de las tierras, equivalente a US$ 0.02 el metro cuadrado, desplazando a los campesinos de su lugar ancestral. Deberíamos imaginar qué pasaría si en zonas residenciales de Lima se detectaran yacimientos mineros a fin de ver si los propietarios aceptarían el mismo trato por las acciones y derechos de sus bienes.
  • La coyuntura de altos precios en el mercado internacional genera astronómico incremento en la rentabilidad sin mérito propio del empresario. Vale decir, las utilidades crecen sin esfuerzo alguno del inversionista. El resultado se conoce como - sobre utilidades o sobre ganancias - pese a ello las comunidades campesinas nunca son resarcidas por el pago vil de US$ 0.02 el m2 por sus tierras, pasando de pequeños productores de auto consumo a contribuyentes y consumidores sin empleo. Esa es la responsabilidad social que debemos cautelar en armonía con la Constitución que dice: “Artículo 1º.- La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”. Debemos ser coherentes con la inclusión social.
  • La explotación a tajo abierto permite rebajar costos de operación por altos volúmenes de mineral que se extraen con tecnología de punta desplazando la mano de obra. El ratio de remoción del material se estima entre 90 mil a 400 mil TM día, mientras una mina tradicional o de túnel tiene un ratio estimado de mil a mil quinientas TM día. Aquí radica la diferencia esencial para evaluar los impactos negativos y positivos frente al costo-beneficio.
  • El oro es símbolo de riqueza y el precio internacional superó US$ 1,900 onza en el presente año. Lagunas Norte, Pierina, Yanacocha, y otras son buenas referencias. El Informe de Equilibrium Clasificadora de Riesgo S.A. es ilustrativa http://www.equilibrium.com.pe/Barrick.pdf
Impactos Negativos: Debilidades
  • La minería es una actividad industrial contaminante del medio ambiente. No podría existir minería absolutamente sana. Surge entonces la necesidad de cautelar y corregir las exigencias normativas dentro de la ley a partir de la Constitución. Pues, desde la remoción de rocas y uso de explosivos hay contaminación por los gases y polvo que dicho material genera. A mayor volumen de materiales removidos mayor será la contaminación por razones obvias de relación directa con los materiales utilizados. No es igual remover mil TM día en una mina de túnel tradicional, que remover 100 mil o 400 mil TM día a más en una mina de tajo abierto. El uso de explosivos es proporcional al volumen del material removido, y por ende la contaminación se incrementa por este factor. A mayor volumen de remoción de materiales y tratamiento del mineral en planta concentradora y/o lixiviación, más será el riesgo de contaminación y pasivos ambientales que debemos proteger a partir de la minería responsable mediante normas precisas.
  • Los reactivos químicos que usa la minería según tipo del mineral que explota, desde sulfatos, xantatos, cianuro, mercurio, y otros de acuerdo con la literatura especializada, son tóxicos y dañinos para la salud. En Perú existen precedentes que muestran secuelas de contaminación minera en zonas como: La Oroya, Cerro de Pasco, Ancash, Puno, Huancavelica, Choropampa, Cajamarca, Lima, etc. De igual forma y por contraste estas zonas son generalmente poblaciones en situación de pobreza, mostrando ausencia de responsabilidad social del Estado y Empresa.
  • La contaminación de lagunas, ríos, humedales, y suelos es real. Existen precedentes que los trabajadores mineros conocemos por observación directa -in situ- cuyos resultados dañan el medio ambiente pese a que en algunos casos cumplen normas vigentes en forma relativa. Si bien las medidas preventivas se orientan al cuidado del medio ambiente, no son suficientes para garantizar la inocuidad. El marco legal debería prever el costo - beneficio, de tal forma que los daños se compensen o resarzan en forma justa, equitativa, e incondicional.
  • La compensación por derechos superficiales de las tierras constituye el más grande atropello de los campesinos. Esta realidad se refleja con el pago vil por las tierras comunales en sendos testimonios de Escrituras Públicas de compra venta, y son causa de conflictos sociales por lo que el gobierno de inclusión social tiene el deber de corregir con buen criterio, justicia y equidad, a partir de normas claras y transparentes que considere accionistas a los dueños de las tierras desterrando la iniquidad. Es preciso terminar con la desigualdad y abuso del derecho.
  • La minería es una actividad extractiva primaria. No existe una política para impulsar la industria y el desarrollo sostenido dando valor agregado al metal, de tal forma que importamos desde alfileres, agujas, tornillos, y toda clase de baratijas.
  • Los tributos que paga la minería no son equitativos frente a enormes utilidades que obtienen los inversionistas y los pasivos ambientales que dejan. Esta desigualdad no permite erradicar la pobreza como se verifica en la realidad misma de centros mineros en: Cerro de Pasco, La Oroya, Puno, Huancavelica, Cajamarca, Ancash, La Libertad, Lima, etc. Surge entonces la necesidad de variar la tributación y el marco normativo de la responsabilidad social a partir de la constitución.
Corresponde al Estado cumplir su rol en fiel observancia del Artículo 1º de la Constitución: ¿Quiénes se benefician con los recursos mineros? ¿Por qué los peruanos no salimos de la pobreza con tanto oro y otros metales que producimos? ¿Para qué existen más de 120 universidades en el Perú con cientos de filiales?