lunes, 25 de julio de 2011

INCLUSION SOCIAL

OLLANTA: DEBE FRENAR ABUSOS DE COBRANZAS COACTIVAS

Faltan tres días para que el nuevo gobernante asuma funciones luego de jurar el cargo el 28 de julio de 2011, y el pueblo espera jubiloso ese momento para alcanzar justicia por muchos años postergada. En efecto, el 5 de junio 2011 elegimos a OLLANTA HUMALA TASSO como Presidente de la República para el periodo de 2011 al 2016, y corresponde a éste designar a sus Ministros. Pero ocurre que surgen voces pretendiendo direccionar las atribuciones del Presidente exigiendo cuotas de poder, incluso algunos como Toledo que no ganó las elecciones, generó un conflicto al interior de su partido Perú Posible.

Por su parte Ollanta Humala ha ratificado que cumplirá su Plan de Gobierno con inclusión social, privilegiando a los pobres. Eso significa que los que ganan más deben pagar más como las mineras, gas, petróleo, etc. que obtienen enormes utilidades de los recursos naturales no renovables que explotan en condiciones ventajosas. Es preciso corregir esta desigualdad en aras de la justicia social. Lo propio ocurre con las universidades que gozan de inafectación a todo impuesto directo o indirecto de acuerdo con el artículo 19º de la Constitución. Esta dispensa debe ser eliminada en universidades privadas porque algunas no cumplen su rol social con educación de calidad. Por el contrario varias adolecen de deficiencias en equipamiento, infraestructura, y calidad docente. Parecen privilegiar rentabilidad en función de la demanda cuyos hechos se reflejan por la cantidad de alumnos que albergan. Existe cantidad, pero hace falta calidad.

En cambio las familias pobres del pueblo que sobreviven con una comida al día, sin empleo, y sin pensión, o teniendo pensiones viles que no cubren la canasta familiar, son objeto de amenazas coactivas y embargos con extracción de bienes para satisfacer el voraz apetito municipal y del SATT como ocurre en Trujillo. Estos actos violentan normas del TUO de la Ley de Procedimiento Coactivo, Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, y la Jurisprudencia vinculante del Tribunal Constitucional – TC, Expediente Nº 0015-2005-PI/TC de obligatorio cumplimiento acorde con el Fallo que declaró INFUNDADA la demanda de inconstitucionalidad seguida por el ex alcalde de Lima, don Luis Castañeda Lossio. Al respecto, para precisar el Fallo el TC emitió la Nota de Prensa Nº 008-2006-OII/TC publicada el 21 de enero de 2006 que dice: “TC RATIFICA LEY QUE FRENA ABUSOS DE COBRANZAS COACTIVAS” y “ordenó imperativamente a los municipios y demás entidades de la administración pública, ESPERAR la finalización de los fallos judiciales para efectuar sus cobranzas..”. Esta norma no se cumple.

En principio, los arbitrios son tasas no tributarias, y deben calcularse en función del costo real del servicio y no con el valor del autoavaluo de acuerdo a lo prescrito en el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, artículo 69º que dice: “Las tasas por servicios públicos o arbitrios se calcularán dentro del primer trimestre de cada ejercicio fiscal, en función del COSTO EFECTIVO del servicio a prestar”. Al respecto el Tribunal Constitucional, “Guardián de la Constitución. Defensor de los Derechos Fundamentales. Intérprete Supremo del Orden Jurídico”, consagra sendas jurisprudencias vinculantes que tienen fuerza de Ley, de modo que tienen calidad de cosa juzgada y son de obligatorio cumplimiento en todos sus términos estando las autoridades municipales obligadas a respetar el espíritu y su contenido y cumplir bajo responsabilidad, las reglas vinculantes establecidas. En este caso la Municipalidad Provincial de Trujillo y SATT violentan normas del TC tales como; Exp. Nº 0053-2004-AI/TC, y Exp. Nº 0041-2004-AI/TC. Estos procesos fueron seguidos por la Defensoría del Pueblo para proteger a los ciudadanos víctimas de atropellos, y debería ser esta entidad la principal interesada en velar por su cabal acatamiento; pese a ello sus representantes en Trujillo no estarían supervisando a la Municipalidad y SATT de tal forma que persiste el abuso de cobranzas coactivas ilegales sin esperar la finalización de los fallos judiciales firmes. Desde ese punto de vista dicha entidad estaría omisa a las atribuciones que le confiere el artículo 162º de la Constitución.

Frente a esta realidad de desacato a la Ley, que solo incrementa los conflictos sociales, invoco al señor Presidente OLLANTA HUMALA TASSO disponer medidas correctivas conforme a sus atribuciones del artículo 118º de la Constitución a partir del 28 de julio 2011, cautelando el derecho fundamental al debido proceso de los más pobres víctimas del flagrante atropello municipal. Así mismo, solicitamos exonerar a los pensionistas, jubilados y sin pensión (pensión 65) de estos arbitrios y tasas, de igual forma que lo hace la Municipalidad Provincial de Trujillo con sus servidores activos y cesantes con Ordenanza Municipal Nº 005-2011-MPT y otras. Todos somos iguales ante la Ley. Nadie debe ser discriminado. (Art. 2º, inciso 2 de la constitución)

martes, 12 de julio de 2011

PROPUESTA MINERA

PROPUESTA MINERA

PERFIL

Las ideas están sujetas a desarrollo

PRESENTACION:

El presente trabajo es un aporte somero de ideas y estrategias para la política minera que debería implementar el nuevo gobierno con el objeto de ampliar la base piramidal de beneficiarios como resultado de la explotación y manejo de los recursos mineros no renovables. En efecto, hasta la actualidad el pueblo no siente un real y positivo beneficio para salir de la pobreza, solo conoce el mito del “chorreo” que no llega. En ese sentido la propuesta sugiere la reforma, modificación, reajuste, cambio, o afinamiento del marco jurídico vigente, sin cuyos instrumentos poco o nada podrá variar respecto a la situación de injusticia y exclusión social que se busca revertir.

Este marco jurídico debe promover el desarrollo sostenido de la población a fin de permitir gradualmente liberarnos de la dependencia que vivimos. Hoy siendo país minero por excelencia importamos desde alfileres, clips, tachuelas, patas de cabra, etc. cuyo hecho evidencia el grado de postración del país que no debe continuar. Para dicho efecto es necesario impulsar el proceso manufacturero e industrial con tecnología de punta dando valor agregado a una parte de las materias primas que exportamos incrementando así al propio tiempo oportunidades de empleo para los peruanos, no debemos olvidar que tenemos un estimado de 120 universidades con cientos de filiales en todo el Perú. ¿Quién da empleo a dichos profesionales? Pues, en la actualidad solo un pequeño grupo de accionistas privilegiados crecen por la enorme rentabilidad de la actividad minera marginando de modo egoísta e injusto a millones de peruanos que somos parte del Estado; pero no participamos del crecimiento real ni mucho menos del desarrollo. Al contrario, somos víctimas por la contaminación del medio ambiente y las secuelas de pasivos ambientales, como es el caso de La Oroya, Choropampa y otros.

La propuesta apunta de modo ineludible a la inclusión social de los compatriotas sin distinción de ninguna clase. Es preciso ponderar el costo - beneficio de la actividad haciéndola equitativa y desterrando la iniquidad. En principio es necesario conocer la magnitud del problema para entender la propuesta, y por eso partimos identificando los problemas y debilidades relevantes de la minería para señalar luego las fortalezas que atraen a cualquier inversionista del mundo, menos al Estado peruano por el discutido rol subsidiario que es necesario revisar y corregir.

La minería moderna a tajo o cielo abierto que opera en el Perú, no constituye como creen algunos fuente de empleo masivo por la tecnología de punta que usa desplazando la mano del hombre; en cambio es más agresiva contra la naturaleza que la minería tradicional de túnel o socavón, debido a la enorme cantidad de materiales que debe remover en función de su capacidad operativa o de planta. Ejemplo, una mina tradicional mediana emplea un promedio de mil a mil quinientos trabajadores directos para una capacidad de planta estimada entre mil a dos mil TM/día; en cambio la minería moderna (caso Antamina) posee un ratio de remoción de material promedio de 430,000 toneladas diarias, operando las 24 horas del día y los 365 días del año, en turnos de 12 horas; esa es la monumental diferencia que todos los compatriotas debemos conocer. Sin embargo para dicho trabajo enorme que lo convierte en una de las diez primeras minas a escala mundial en cuanto a volumen de operación, la compañía cuenta con un estimado de 1,850 colaboradores directos. Esta relación hombre - naturaleza merece especial y profundo análisis para valorar el costo-beneficio dentro de los fines de inclusión social.

El problema minero es altamente complejo, requiere conocimiento y experiencia además de inversión, por lo que he considerado pertinente ilustrar la propuesta con un resumen de operaciones en la empresa más importante del Perú: Compañía Minera Antamina S.A. De esa forma los que deseen profundizar el conocimiento del tema no solo deberían estudiar casuística, sino conocer “in situ” la realidad minera y sus secuelas en todo el Perú. Entonces comprenderán las causas y razones de los conflictos sociales que debemos resolver, pero que no se aprecian desde un confortable escritorio, en efecto, hasta la actualidad zonas mineras por excelencia – generadoras de inmensas riquezas - como Huancavelica, Cerro de Pasco, La Oroya, Puno, etc. No son precisamente polos de desarrollo, sino por contraste son una afrenta para la sociedad y el Estado. Muchos niños mueren de frío y viven en condiciones infrahumanas como lo evidencian los medios de comunicación social, y esa delicada situación no debe continuar. Los recursos naturales que generan enormes utilidades deben coadyuvar de forma real para resolver esta grave injusticia, y en ese sentido estoy seguro que los inversionistas no podrían sustraerse a la enorme responsabilidad social que les toca. Es cuestión de dialogar.

IDENTIFICACION DE PROBLEMAS

1. Contaminación ambiental.- La observación “in situ” en diversos centros mineros del Perú evidencian graves secuelas de contaminación por efecto de la explotación minera en general. El sector minero industrial es considerado el más contaminante de las aguas superficiales y subterráneas por las cargas de metales pesado como; plomo, cobre, zinc, plata, cadmio, molibdeno, arsénico, manganeso, etc.

El conjunto de las actividades mineras y metalúrgicas descargan billones de metros cúbicos de aguas contaminadas, y éstas obviamente se descargan en zonas aledañas a los centros de operación, cabeceras de lagunas en algunos casos, y lechos del río en otros como se evidencia con la realidad vigente en distintas zonas del país. Pero ocurre que estos materiales acumulados conocidos como relaves o pasivos ambientales en cualquier momento se deslizan por efecto de movimientos sísmicos y/o crecida del caudal del río afectando las aguas que son el soporte de la biodiversidad.

Existen lagunas que han sido desaguadas para fines mineros, otras fueron contaminadas con el arrojo de desechos tóxicos. Lo propio ocurre con los ríos de diversos puntos del país. Esta situación afecta a la población del campo que vive de los frutos de la tierra, y sin tener conocimiento técnico o científico de la materia observa que sus tierras no producen y/o baja la calidad del suelo por lo que debe usar fertilizantes, pesticidas, etc. que alzan el costo de producción frente a los precios deprimidos del mercado que no cubren dichos costos. Por eso protestan sin ser comprendidos. Pues los campesinos no tienen sueldo del estado, y muchas veces éste está de espaldas a su realidad y los reprime.

A partir de la década del 90 el sector minero ha mejorado como podrán apreciar en el Anexo – caso Antamina – no obstante, pese a la tremenda inversión y tecnología de punta utilizada, no podría garantizarse al 100 % la no contaminación, siempre hay riesgo que tomar, pero asumiendo las responsabilidades ambientales que debe cautelar el estado.

Este punto es vital no solo para las comunidades campesinas de las zonas de influencia minera directa, sino de la población en su conjunto. Así por ejemplo deberíamos conocer los Trujillanos de donde se alimenta la planta de SEDALIB y si este líquido elemento está libre de contaminación minera.

Actualmente existen restos o depósitos conocidos como < relaveras > en situación de abandono constituyendo focos de contaminación y de riesgo para la salud y la biodiversidad. La contaminación afecta los suelos, ríos, lagunas, agravando la situación de pobreza de la población campesina que se ve forzada a migrar a zonas urbanas, abandonando las tierras, de tal forma que luego de pequeños productores de auto consumo, pasan a ser consumidores dependientes del mercado (MALL); pero sin empleo y sin salario.

2. La concesión minera.- El otorgamiento de una concesión minera adjudica derechos al titular; luego empieza el calvario de los campesinos. Nuestros compatriotas que vivieron por años en esas tierras desde sus ancestros deben abandonar sus precarias viviendas con escasos bienes para abrir paso a la industria minera. Esa es la ley – la ley del embudo – o del más fuerte y poderoso.

¿Cómo se accede a una concesión?

Las normas señalan el procedimiento y como referencia cito que en la década del 80 el costo por hectárea de un denuncio minero se hacía a precios viles, de tal forma que muchas personas denunciaban áreas que no necesariamente explotaron. Como su nombre lo indica basta con tener una “mina” para sentirse feliz. Pero a partir de la década del 90 las cosas cambiaron con la Constitución de 1993, y surgen proyectos con tecnología de punta que comprende la explotación de tajo o cielo abierto. Se conoce que las acciones y derechos de la concesión del yacimiento de oro Pierina en Ancash, fue transferida en la Bolsa de Valores de Toronto - Canadá por la astronómica suma de US$ 790 millones, antes de iniciar operaciones.

· Distinto es el caso de los derechos superficiales de las tierras.- En general en la década del 90 las mineras pagaron a las comunidades campesinas el precio vil de doscientos dólares la hectárea (US$ 200), equivalente a US$ 0.02 el m2. Todo eso dentro del marco legal. Así consta en sendas escrituras públicas de transferencia a las que me remito en caso necesario.

· Existe pues, disparidad entre el negocio de las acciones y derechos de la concesión, con los derechos reales de la superficie que por años están en posesión de las comunidades campesinas. Es decir, en los hechos reales y concretos los campesinos sólo tienen derecho a irrisorios pagos; en cambio los concesionarios – un papel burocrático – tiene valor incalculable, por cuya indignante realidad es prioritario corregir la normatividad vigente.

· La población afectada por la minería - al perder sus tierras - migra del campo a la ciudad asumiendo nuevos costos sociales por efecto del consumismo que le impone nueva forma de vida dependiente del mercado. Pues, en el campo vive de sus actividades agropecuarias; siembra diversos productos para consumo propio, cría animales, y realiza actividades de artesanía, ganadería, piscicultura, etc. para solventar la canasta familiar que depende de su propia actividad, paliada en parte con escaso apoyo social del gobierno. Pero la migración modifica drásticamente la forma de vida del campesino, dependiendo estrictamente del mercado y/o del “mall” para lo cual requiere de un salario mínimo vital. Esta nueva realidad sitúa al migrante como potencial miembro de grupos sociales en conflicto por obvias razones.

3. Desafíos de la naturaleza.- La naturaleza es agreste y surgen grandes desafíos para el hombre minero. No hay nada imposible para la minería, algunas veces hay que desaguar una laguna o simplemente bajar el nivel del espejo de agua, perforar el cerro, remover millones de toneladas de material estéril; pero al final siempre habrá resultados positivos. En las minas tradicionales el trabajador vive en el campamento minero ubicado algunas veces sobre los 4,000 m.s.n.m. No se queja por las inclemencias del clima, la incomodidad de los servicios, las privaciones propias la geografía, siendo ejemplo de dignidad y coraje. Los centros mineros fundaron pueblos en algunos casos pese las severas condiciones del clima.

La minería moderna en cambio desplaza al personal fuera del centro de operaciones, permitiendo así mejor calidad de vida.

Imagenes: Mina Raura

4. Contratos de Estabilidad.-Los contratos-ley consagrados en el artículo 62º de la Constitución Política otorgan estabilidad jurídica y tributaria a las empresas sometidas a esta modalidad durante el periodo de vigencia que generalmente es de 15 años. Eso significa que el régimen tributario aplicable a las operaciones mineras se mantendrá invariable durante todo el periodo, y deben someterse al régimen tributario existente a la fecha de suscripción del contrato.

Una situación de esta naturaleza es complicada, y está amparada por la constitución de 1993, concretamente me refiero al artículo 62º, Título III – Del Régimen Económico. Comprende además el rol subsidiario del estado, artículo 60º del citado cuerpo constitucional. Siendo así, surge la necesidad de revisar y corregir esta situación por cualquiera de las vías que se estimen pertinentes; pero entre tanto eso no ocurra, estaremos sujetos a este marco legal que a todas luces resulta inconveniente para los intereses del pueblo. Precisamente de aquí podrían salir los recursos para financiar los programas sociales como pensión 65 y otros.

· Subsidiaridad del Estado.- En forma real el Estado está proscrito de la actividad empresarial por imperio del artículo 60º de la Constitución, de tal suerte que estamos frente a una traba difícil de remontar si no existe firme decisión política para dicho efecto. Es curiosa esta norma, máxime cuando vemos que otros países como Chile, Colombia, y Brasil por ejemplo tienen sólidas empresas estatales que generan grandes utilidades para satisfacer los problemas, veamos:

CHILE: es dueño de CODELCO, la mina de COBRE más gran del mundo y, también, de las dos únicas refinerías de petróleo, vía la estatal ENAP.

COLOMBIA: Es dueña de ECOPETROL la más importante productora de petróleo.

BRASIL: Es dueña de PETROBRAS y ELECTROBRAS

Pero aquí con el rol subsidiario del estado, Petroperú y Electroperú están condenados a la muerte según la Constitución de 1993. Y si esto no ha ocurrido es porque la privatización perdió fuerza política desde 1996 y, sobre todo, por el Arequipazo de 2002. Pero la privatización sigue vigente y pende como espada de Damocles.

· ¿Qué ocurriría en el hipotético caso que el Perú igual que Chile, fuera dueño de la Mina Yanacocha, Laguna Norte, o Antamina?

Simplemente estaríamos nadando en dinero, veamos: La producción de oro al 31-12-2010 totalizó 164.0 millones de gramos estimado en 5’655,172 onzas. Y la producción de oro al 31-12-2009 totalizó 182.0 millones de gramos, estimado en 6’275,862 onzas. El precio internacional de la onza supera los US$ 1,500.00 la onza. Esa es la cuestión.

5. La Minería Informal.- La informalidad en general es negativa en toda actividad económica por lo siguiente:

· Porque elude obligaciones sociales y tributarias

· El trabajo empírico agrava la contaminación del medio ambiente

· Los trabajadores cumplen su labor generalmente sin implementos de protección y seguridad siendo pasibles de daños por accidentes

· Siendo informales carecen de autorización legal para manipular explosivos y reactivos químicos

· Eluden el control y fiscalización al uso de reactivos y explosivos

Pese a lo indicado la minería informal existe, y seguirá perdurando por mucho tiempo entre tanto no se den las condiciones adecuadas, y eso es responsabilidad del estado.

6. Los Recursos Mineros No son Renovables.- Las minas no son renovables, sólo se explotan una vez, y si no las utilizamos racionalmente hoy para los fines de desarrollo con inclusión social, mañana será tarde cuando las empresas agoten las reservas probadas y probables que existen.

Es conveniente y necesario que el Estado vele por que estos recursos sirvan para resolver los álgidos problemas de la población en situación de pobreza. En efecto, es evidente que recrudece la TBC y eso indica pobreza y nunca crecimiento o desarrollo. Así mismo, la TV muestra los graves problemas de los compatriotas de Puno y Huancavelica que mueren de frío, siendo dichas zonas fuentes de enormes cantidades de recursos mineros.

FORTALEZAS

1. Reservas probadas y probables.- El Perú es país minero por excelencia y a lo largo y ancho del territorio existen yacimientos minerales ricos en oro, plata, cobre, plomo, zinc, molibdeno, etc. Esta realidad incentiva la inversión de cualquier empresa del mundo.

2. Alta rentabilidad,- La rentabilidad crece por la coyuntura del mercado internacional. Los precios de los minerales sobrepasaron las expectativas de los inversionistas. Como referencias citamos los precios siguientes: (*)

El ORO supera hoy los US$ 1,500 por onza,

La PLATA está en US$ 33.77 por onza,

El COBRE alcanza US$ 9,514 por tonelada

(*) Fuente: Diario Gestión, viernes 08 julio 2011

3. Paz Laboral.- Existe relativa paz laboral y mano de obra barata por efecto de la desocupación. No obstante surgen también algunos conflictos sociales eventuales.

Lingotes de Oro

CONCLUSION

La normatividad legal vigente ampara a las empresas mineras sujetas a contratos-ley con régimen de estabilidad jurídica y tributaria de acuerdo con la Constitución Política de 1993, Título III – Del Régimen Económico.

RECOMENDACIÓN

Cualquier cambio de política minera sugiere necesariamente la modificación, reforma, reajuste, innovación, o afinamiento del marco jurídico constitucional, sin los cuales poco o nada podrá variar respecto a la situación de injusticia y exclusión social que se busca revertir. Esa sería la fuente real más consistente para financiar los programas sociales como: Pensión 65 y otros.

Fecha, 11 de julio de 2011

CESAR VASQUEZ BAZAN - PERU: POLITICA Y ECONOMIA

Nota de Redacción: Por considerar de interés público y en aras de la transparencia y pluralidad de ideas y opiniones, les invito a visitar el Blog del Ex Ministro de Economía y Finanzas - Dr. César Vásquez Bazán en la siguiente dirección electrónica: http://cavb.blogspot.com/