martes, 26 de abril de 2016

GESTION MUNICIPAL - 2015-2018 – MPT

GESTIÓN MUNICIPAL - 2015-2018 – MPT

Escribe: Víctor Omar Mendoza Rodríguez

Desde la anterior gestión parecería que Trujillo no tiene Alcalde. Debemos recordar la frase que dice: En verdad necesitamos un administrador de la ciudad que utilice los recursos en forma racional con eficiencia y eficacia. No es posible aceptar que el presupuesto municipal se insuma solo en pagar burocracia improductiva y algunas veces inepta, que además trata en forma displicente a los contribuyentes. Debemos utilizar la tecnología mejorando la calidad de los servicios. Pero ello exige que el titular de la MPT dedique su tiempo completo a la gestión municipal; pero se ausente sistemáticamente, cuando existen múltiples problemas no resueltos en la ciudad.

Aquí un apretado resumen y detalle somero de los principales problemas vigentes:

1)      No existe orden en la ciudad. El tránsito vesicular y peatonal es un caos total. Nadie respeta la reglas, y los principales infractores son aquellos que deben hacerlo cumplir. Las zonas rígidas carecen de objeto porque no se acatan. Algunos vehículos municipales y pnp no han actualizado sus placas y exhiben placas caducas, carecen de Soat y revisión Técnica.

2)      La ciudad está sucia y asquerosa en zonas periféricas. La basura es el principal trofeo que exhibe la ciudad. Faltan vehículos recolectores, y los sacrificados trabajadores deberían ser dotados de útiles de protección por cuanto laboran en situación de alto riesgo para la salud, y el salario no es equitativo con esta delicada labor.

3)      Las calles de la ciudad están llenas de huecos por todas partes, pese al enorme costo invertido en parchado de pistas efímeras. Se han observado cráteres que tragan los autos. Este problema es grave y causa enormes daños a los vehículos y personas sin ser indemnizados por la MPT. Por equidad, los usurarios deberíamos ser resarcidos por estos daños. Pero solo se aplica la ley del embudo - sancionan a los ciudadanos - cuando el principal infractor es la propia MPT que no cumple con sus funciones prescritas en la ley. Para ilustración citamos algunas direcciones electrónicas que dan cuenta de los hechos:

El Comercio: 18 enero 2016 -  Hueco en cuadra 14 An. Prolongación Vallejo

El Correo: 15 febrero 2016 – Gran forado en Av. España y Jn. Orbegoso (Mansiche)
Antena Norte Trujillo:
Antena Norte Trujillo: Más huecos

4)      EL COBRO DE ARBITRIOS ES CONFISCATORIO Y ABUSIVO.- Por imperio de la ley, solo se paga tasa de arbitrios por CONTRAPRESTACION de un servicio eficaz. Veamos: A) Áreas Verdes.- Los parques y jardines están secos, sucios, y en abandono, salvo excepciones. Se dice que la gestión anterior dejó cuantiosas deudas a SEDALIB S.A., trabajadores, proveedores y otros; pero no conocemos las acciones legales a partir de la auditoria contra esa deficiente gestión. B) Limpieza Pública.- Con excepción de los recolectores que trabajan en los camiones que deben ganar más y en mejores condiciones, el personal que limpia las calles es deficiente. C) Seguridad Ciudadana.- El cobro de este arbitrio no tiene justificación técnica ni legal. En principio la seguridad es un derecho fundamental de toda persona, garantizado por la Constitución, y por consiguiente es GRATUITO a cargo de la PNP. Es decir, el serenazgo en buena cuenta interfiere la función propia de la policía nacional, máxime, si no tiene atribuciones legales para detener personas y usar armas. En todo caso, si la MPT quiere colaborar con este importante servicio, debería transferir su presupuesto a la PNP, y no interferir su labor de modo improvisado e ineficaz. Siendo así, los ciudadanos no tenemos porque pagar por un servicio que no recibimos. La lógica señala - si no hay contraprestación del servicio no hay pago - así de simple.
Costo del servicio.- Al respecto existe jurisprudencia vinculante del Tribunal Constitucional expresada en dos sentencias que son de obligatorio cumplimiento; Exp. Nº 0041-2004-AI/TC, y Exp. Nº 0053-2004-AI/TC, que determinan entre otros el modo de calcular el costo efectivo del arbitrio en función del servicio y costo real. No es pertinente calcular el costo del servicio con el valor del autoavaluo del predio.

Es decir, un predio de vivienda podría costar más que un predio comercial como hostal, bar, restaurant, etc.; pero por el uso de vivienda genera menos volumen de residuos sólidos y líquidos, y demanda menos servicios que otro comercial o industrial. Por tanto la vivienda debería pagar menos en relación directa con el servicio efectivo. Pero no es así, en los hechos reales y concretos la MPT cobra de modo confiscatorio a las viviendas tomando como referencia el costo del autoavaluo, y más no el servicio prestado. A partir de esta interpretación errónea el SATT impone medidas ilegales contra los contribuyentes.

Desde la gestión anterior el SATT incurre en una serie de arbitrariedades y abusos mediante cobranzas coactivas ilegales. No respetan la jurisprudencia vinculante del Tribunal Constitucional expresada en el Expediente Nº 0015-2005-PI/TC, y Nota de Prensa Nº 008-2006-OII/TC de fecha 21 de enero 2006. Es decir, para ejecutar embargo de bienes y retención de haberes en el sistema financiero se requiere mandato judicial; pero la autoridad municipal no respeta la ley por su voraz apetito financiero para cubrir planillas. Aplica la ley del embudo agravando el conflicto social por la situación de pobreza de los contribuyentes, por lo que con justa razón impulsan su revocatoria. El auge de los atropellos habría ocurrido durante la gestión del señor Nils Ericson Ruiz Gómez. Este personaje se hizo famoso por la profusa publicidad que motivó durante su cuestionada gestión como fluye de las siguientes direcciones electrónicas dan cuenta de los hechos:



5)      EXONERACION AL PAGO DE TASAS POR ARBITRIOS.- Los servidores municipales de Trujillo activos y cesantes gozan de ventajas y privilegios por Ordenanzas que EXONERAN pago de ARBITRIOS en la MPT. Estos servidores que NO pagan son los cobradores del SATT cuyos recursos son destinados para cubrir sus salarios y otros, ver detalle:
  
Ordenanza Municipal Nº
Fecha
Firmada por Alcalde:
1)          020-2010-MPT
18-06-2010
César Acuña Peralta
2)          021-2010-MPT
18-06-2010
César Acuña Peralta
3)          005-2011-MPT
26-04-2011
César Acuña Peralta
4)          024-2011-MPT
04-10-2012
Gloria Montenegro Figueroa
5)          029-2012-MPT
11-10-2012
Gloria Montenegro Figueroa
6)          030-2012-MPT
13-11-2012
Gloria Montenegro Figueroa
7)          040-2013-MPT
10-10-2013
Gloria Montenegro Figueroa
8)          041-2013-MPT
10-10-2013
Gloria Montenegro Figueroa
9)          047-2013-MPT
12-12-2013
Gloria Montenegro Figueroa
10)       015-2014-MPT
06-06-2014
Gloria Montenegro Figueroa
11)       016-2014-MPT
06-06-2014
Gloria Montenegro Figueroa

Cualquier persona o autoridad puede verificar la información en el portal web de la MPT.

6)      Con profusa publicidad el Alcalde de la MPT y Gobernador Regional anunciaron la puesta en servicio del ex complejo chicago; pero hasta hoy sigue en abandono. Aquí se programó la ejecución del denominado coliseo Gran Chimú para ser utilizado con motivo de los juegos bolivarianos del año 2013. El costo presupuestado que exhibe el cartel de obra es S/. 103’637,779.21, y está en arbitraje. Se desconoce la fecha de término y puesta en uso.

           
 

Fotos: Coliseo Gran Chimú - INCONCLUSA y ABANDONADA desde 2013 (juegos bolivarianos) costo presupuestado S/. 103´637,779.21 - ¿Cuánto costará la obra terminada al 100 % y cuándo será concluida....? - El pueblo ha perdido una zona de esparcimiento, el ex complejo Chicago que por años sirvió al pueblo. Hoy tenemos una mole de fierro y cemento que no sirve para nada.