FONAVI – SEXTA LISTA
Escribe: Víctor Omar Mendoza Rodríguez
El 25 de abril publicaron el sexto grupo de pago del FONAVI.
Sin embargo, surge la interrogante, porqué miles de ex trabajadores del Estado
que perciben miserables pensiones de cesantía en el régimen del D.L. 20530, congelada
durante el gobierno de Toledo y PPK por Ley Nº 28449 del 30-12-2004, no
aparecen en ninguna lista pese a que muchos cuentan con más de 80 y 85 años o
más, y otros van muriendo en la espera. Sin embargo se observa beneficiarios de
65 años que no son prioritarios conforme al fallo del Tribunal Constitucional.
Es decir; primero deben pagar a los mayores y luego a los de menor edad; pero el
FONAVI-ST no estaría respetando el fallo.
Frente al reclamo de los beneficiarios, la respuesta ha sido
banal, señalando que han solicitado informe a los empleadores y éstos no
responden. Esperan respuesta para incluir en la lista. Entonces; ¿Qué pasará si
los empleadores, Estado y Empresas, simplemente NO responden? - ¿Los
beneficiarios registrados serían objeto de burla? Eso sería nefasto y abusivo
frente a las expectativas de miles de ex trabajadores registrados con el
Formato F-1.
De acuerdo con las normas de la Ley Nº 27444 – Ley del
Procedimiento Administrativo General, artículo 40º y 42º prescribe que: es
prohibido solicitar documentos que la administración “posea o deba poseer en virtud de
algún trámite realizado anteriormente”, y en cuanto al formato F-1 que tiene
carácter de DECLARACION JURADA, rige
el principio de “Presunción de la Veracidad”, máxime, si los ex trabajadores del
Estado reciben pensión de cesantía en el régimen del D.L. Nº 20530, lo cual
significa que acreditaron oportunamente su legítimo derecho, y en otros casos el
derecho ha sido amparado con Sentencia del Tribunal Constitucional.
Resulta inaudito, tramposo, abusivo, e ilegal que bajo el
ardid que esperan la información de los ex empleadores que no contestan, no se
incluye en las listas a miles de trabajadores, violando los artículo 40º y 42º
de la Ley 27444, con el agravante que si algún ex empleador no contestaría
nunca, el derecho legítimo de los ex aportantes habrían sido burlados.
Al respecto, es necesario hacer el siguiente análisis:
1)
Muchas instituciones públicas han desaparecido,
otras se han fusionado, han cambiado de nombre o razón social, han sido
subsumidas por otra entidad, Ministerio, o empresa; se han fraccionado por
efecto de la regionalización, etc. No obstante, el empleador sigue siendo el
Estado, que es único e indivisible. En caso de empresas privadas algunas han
sido vendidas, quebradas, liquidadas, fusionadas, transformadas, o simplemente
han desaparecido. En ambos casos la falta de respuesta o información no es
responsabilidad del trabajador. Pero, bajo esta excusa la Comisión Ad Hoc del FONAVI
posterga la inclusión en las listas de pago por término indefinido. En ningún
caso la falta de información podría significar que los trabajadores pierdan su
derecho, y de serlo sería una actitud ruin, detestable, e ilegal.
2)
El Estado, por su parte tiene por función y responsabilidad,
controlar y fiscalizar no solo a las entidades públicas, sino también a las
empresas privadas, y para ello existe la Contraloría General, ESSALUD, SUNAT,
Ministerio de Trabajo, etc. que verifican y fiscalizan las planillas de
salarios. En todo caso; si estas entidades por acción y omisión no cumplieron
su deber, o fueron negligentes en su trabajo, y no fiscalizaron de modo
oportuno el cumplimiento de la ley que disponía el descuento y traslado de
dichos recursos al FONAVI. Tales hechos no
podrían conculcar el derecho del trabajador. Es de conocimiento público que el
Estado es deudor de ESSALUD, SUNAT, FONAVI, etc.
3)
Muchos Fonavistas han fallecido sin recibir la
devolución de sus aportes, y otros seguirán el mismo destino. La burla sigue bajo
mecanismos dilatorios que de modo mezquino utiliza el ardid para el pago vil y
miserable de este derecho. Ojalá el nuevo gobierno corrija y sancione a los
responsables de actos dilatorios ilegales y discriminatorios.