domingo, 6 de diciembre de 2009

Justicia para los que no tienen alas

¿Qué pasa con los jubilados o pensionistas que no tenemos padrinos, o en defecto no tenemos alas para volar, quien nos socorre?

Respuesta: Simplemente nunca alcanzamos justicia. En efecto, ese parece ser el caso del Expediente Nº 1991-00009-0-0201-JM-CI-1 del Primer Juzgado Mixto de Huaraz - Ancash, Acción de Amparo, el mismo que está en Ejecución de Sentencia desde 1991 hasta la fecha: Hace 18 años. Ver:

http://servicios.pj.gob.pe:9081/cej/searchFilesSetUp.do?tipBusqueda=1

El caso se refiere al Pago de Haberes Insolutos y otro del trabajador ordenado por el ex Tribunal del Servicio Civil disuelto por Fujimori, cuya resolución ha sido objeto de Amparo por el Poder Judicial declarando FUNDADA la demanda y Ordena que la demandada - Región Ancash - cumpla con dicha resolución. Sin embargo durante el gobierno de Fujimori los jueces de la causa pretendieron tener por cumplida la sentencia y pago de haberes insolutos con el importe vil y miserable de Treinta y un centavos de nuevo sol (S/. 0.31), si señores: Treinta y un centavos de nuevo sol, y hasta hoy el Poder Judicial, NO cumple ni hace cumplir la sentencia en sus propios términos como lo ordena el Artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Así se burlan de los peruanos de a pie. Esa es la justicia que recibimos los que no podemos pagar viajes, agasajos, o cualquier otro tipo de dádiva o sometimiento. ¿Qué hace falta para que se cumpla la sentencia? – Talvez falta un poco de aceite….. No es lo mismo un millón que treinta centavos de nuevo sol. ¿Dónde está el Estado de Derecho, la democracia, y la seguridad jurídica de los ciudadanos?

Hace algunos días los medios de comunicación daban cuenta de la jugosa liquidación que habría cobrado el Presidente Alan García por concepto de haberes insolutos o devengados, y se dice que estos son del orden de más de un millón de nuevos soles (ver La Primera, http://www.diariolaprimeraperu.com/online/noticia.php?IDnoticia=51534) El mismo ex presidente del congreso de entonces, don Carlos Ferrero ha dicho a RPP que se pagaron cientos de miles de nuevos soles por este derecho justo y equitativo. No obstante, observamos que existe notoria exclusión social y discriminación a toda prueba que violentan la norma constitucional. Es decir; aquí los peruanos somos diferentes por el color, apellido, condición social, política, económica, etc. Pero no iguales ante la ley. Hay peruanos de primera clase, de segunda, tercera, hasta el infinito…..todos somos diferentes. Esta es una prueba.

¿Para qué sirven entonces las sentencias del Poder Judicial si no se cumplen?

El Presidente Alan García ha manifestado que….”se entregan títulos a los estudiantes que no sirven ni para envolver pescado”…..pero no ha dicho aún para que sirven las sentencias si éstas no se cumplen…….no obstante, el Artículo 118º numeral 9) de la Constitución señala que corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones: “Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales”. En todo caso, si las sentencias no se cumplen deberíamos darle alguna utilidad, quizá sirvan para envolver tamales.

En conclusión, parece que aquí impera la ley de la selva, ley del embudo, el lobby, el aceite, o cualquier otra sustancia; pero no se cumplen ni se hacen cumplir las sentencias tal como se verifica en el presente caso cuando el deudor es el propio estado. En cambio, los ciudadanos que no podemos pagar arbitrios municipales somos objeto de amenazas de cobranzas coactivas, embargos de míseras pensiones, o reportes a las centrales de riesgo por no pagar tasas de seguridad ciudadana que no existe. Quizá necesitamos alas peruanas como las de aquella universidad famosa que todo puede para cautelar este derecho. Pues, ninguna autoridad se siente aludida pese a reiterados reclamos y quejas que no surten efecto alguno.