"Yo lloré por que no tenía zapatos, hasta que vi un niño que no tenía pies" (Anónimo)
"Para quien no sabe a donde va,
cualquier camino lo llevará al lugar equivocado" (Proverbio Arabe)
"Hay dos maneras de difundir la luz, ser la lámpara que la emite, o el espejo que la refleja". (Lin Yutang)
domingo, 13 de diciembre de 2009
EL INDULTO: EDITORIAL EL COMERCIO
domingo, 6 de diciembre de 2009
Justicia para los que no tienen alas
¿Qué pasa con los jubilados o pensionistas que no tenemos padrinos, o en defecto no tenemos alas para volar, quien nos socorre?
Respuesta: Simplemente nunca alcanzamos justicia. En efecto, ese parece ser el caso del Expediente Nº 1991-00009-0-0201-JM-CI-1 del Primer Juzgado Mixto de Huaraz - Ancash, Acción de Amparo, el mismo que está en Ejecución de Sentencia desde 1991 hasta la fecha: Hace 18 años. Ver:
http://servicios.pj.gob.pe:9081/cej/searchFilesSetUp.do?tipBusqueda=1
El caso se refiere al Pago de Haberes Insolutos y otro del trabajador ordenado por el ex Tribunal del Servicio Civil disuelto por Fujimori, cuya resolución ha sido objeto de Amparo por el Poder Judicial declarando FUNDADA la demanda y Ordena que la demandada - Región Ancash - cumpla con dicha resolución. Sin embargo durante el gobierno de Fujimori los jueces de la causa pretendieron tener por cumplida la sentencia y pago de haberes insolutos con el importe vil y miserable de Treinta y un centavos de nuevo sol (S/. 0.31), si señores: Treinta y un centavos de nuevo sol, y hasta hoy el Poder Judicial, NO cumple ni hace cumplir la sentencia en sus propios términos como lo ordena el Artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Así se burlan de los peruanos de a pie. Esa es la justicia que recibimos los que no podemos pagar viajes, agasajos, o cualquier otro tipo de dádiva o sometimiento. ¿Qué hace falta para que se cumpla la sentencia? – Talvez falta un poco de aceite….. No es lo mismo un millón que treinta centavos de nuevo sol. ¿Dónde está el Estado de Derecho, la democracia, y la seguridad jurídica de los ciudadanos?
Hace algunos días los medios de comunicación daban cuenta de la jugosa liquidación que habría cobrado el Presidente Alan García por concepto de haberes insolutos o devengados, y se dice que estos son del orden de más de un millón de nuevos soles (ver La Primera, http://www.diariolaprimeraperu.com/online/noticia.php?IDnoticia=51534) El mismo ex presidente del congreso de entonces, don Carlos Ferrero ha dicho a RPP que se pagaron cientos de miles de nuevos soles por este derecho justo y equitativo. No obstante, observamos que existe notoria exclusión social y discriminación a toda prueba que violentan la norma constitucional. Es decir; aquí los peruanos somos diferentes por el color, apellido, condición social, política, económica, etc. Pero no iguales ante la ley. Hay peruanos de primera clase, de segunda, tercera, hasta el infinito…..todos somos diferentes. Esta es una prueba.
¿Para qué sirven entonces las sentencias del Poder Judicial si no se cumplen?
El Presidente Alan García ha manifestado que….”se entregan títulos a los estudiantes que no sirven ni para envolver pescado”…..pero no ha dicho aún para que sirven las sentencias si éstas no se cumplen…….no obstante, el Artículo 118º numeral 9) de la Constitución señala que corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones: “Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales”. En todo caso, si las sentencias no se cumplen deberíamos darle alguna utilidad, quizá sirvan para envolver tamales.
En conclusión, parece que aquí impera la ley de la selva, ley del embudo, el lobby, el aceite, o cualquier otra sustancia; pero no se cumplen ni se hacen cumplir las sentencias tal como se verifica en el presente caso cuando el deudor es el propio estado. En cambio, los ciudadanos que no podemos pagar arbitrios municipales somos objeto de amenazas de cobranzas coactivas, embargos de míseras pensiones, o reportes a las centrales de riesgo por no pagar tasas de seguridad ciudadana que no existe. Quizá necesitamos alas peruanas como las de aquella universidad famosa que todo puede para cautelar este derecho. Pues, ninguna autoridad se siente aludida pese a reiterados reclamos y quejas que no surten efecto alguno.
EL CONGRESO EN DECADENCIA
miércoles, 28 de octubre de 2009
FUTBOL: SOCIEDAD ANONIMA
martes, 20 de octubre de 2009
LAS PERLAS DEL CONGRESO
sábado, 26 de septiembre de 2009
MINERIA Y CONTAMINACION AMBIENTAL
Caso DOE RUN
El Programa de Adecuación y Manejo Ambiental - PAMA - es vital para la vida y por eso todos tenemos el deber de acatar las normas para conservar el medio ambiente. DOE RUN no podría ser la excepción, y menos estaría exonerada de su responsabilidad legal y social.
El PAMA es imperativo por algunas de las siguientes razones:
1.- La actividad minera es altamente contaminante en razón de los materiales y reactivos químicos que utiliza en el proceso productivo dentro de los cuales podemos citar los siguientes: explosivos, sulfatos, xantatos, mercurio, y cianuro entre otros. El cianuro es usado en la explotación del Oro y constituye un elemento altamente toxico y letal, por lo que debe ser manejado por personal especializado.
2.- La actividad minera genera enorme cantidad de deshechos y relaves que contienen residuos químicos. Estos materiales tóxicos requieren tratamiento profesional acorde a las normas legales sobre la materia de observancia obligatoria. Pese a ello, muchas veces no se cumplen y/o no se hacen cumplir, y como consecuencia de ello se contamina el medio ambiente afectando la biodiversidad. Como ejemplo de esta realidad citamos los siguientes: La Oroya, el valle del Mantaro, Cerro de Pasco, Huancavelica, Choropampa, etc. Muchas lagunas y ríos están contaminados y/o han desaparecido.
3.- Generalmente, todas las zonas mineras afectaron severamente la biodiversidad. Basta observar cómo han desaparecido los peces, aves, plantas de las lagunas y ríos circundantes. No es necesario detallar nombres, todas contaminaron el medio ambiente de modo irreversible en muchos casos, unas más que otras. Contradictoriamente, esta situación clara y meridiana evidencia que las zonas mineras más ricas albergan precisamente a los pueblos más pobres del Perú. Esta lacra social no es compatible con la riqueza que allí se explotan, y resulta insostenible admitir cualquier forma de contaminación. Es urgente adoptar medidas correctivas y eficaces.
4.- El caso Doe Run - La Oroya - es escandaloso y grave, pues, no solo atenta contra la biodiversidad sino directamente al ser humano, de suerte que la población en general sufre graves consecuencias en la salud física y mental, especialmente en los niños.
5.- La minería es una actividad altamente rentable que goza de estabilidad jurídica y tributaria, y en esta última década los precios de los minerales se han mantenido y mantienen en alza en el mercado mundial generando enormes utilidades para los empresarios. Estas utilidades salen del país en razón de que los accionistas son extranjeros, mientras el Perú solo recoge relaves y contaminación ambiental.
Llegó la hora de poner coto al abuso del derecho y poder de lobby político. Y esa tarea es de exclusiva responsabilidad de las autoridades, no debemos alimentar el conflicto que sigue creciendo en desmedro de la paz social.
martes, 1 de septiembre de 2009
HAGAMOS EMPRESA CON LA LEY MYPE
La PYME en 72 horas:
El Ministerio de la Producción está impulsando la creación de micro y pequeñas empresas (MYPE) en 72 horas mediante la simplificación de trámites. Esta medida es positiva y debería ampliarse a otros asuntos como estrategia eficaz contra la corrupción, máxime, cuando la burocracia tradicional se resiste al cambio por temor presuntamente a perder la mamadera. En efecto, cualquier persona puede acceder a la información en la siguiente dirección, y les deseamos éxito: Ingreso Directo al Servicio: http://190.81.122.150:8282/tramite/
Al respecto destacamos que el plazo de 72 horas para constituir la micro o pequeña empresa (MYPE) significa trueque radical del inútil papeleo con el objeto eliminar costos onerosos y agilizar plazos que por muchos años simbolizaron la traba egoísta más torpe contra el empleo y la producción. Por esta actitud negativa muchas veces se abandonaron proyectos importantes agudizando el conflicto social y truncando justas aspiraciones del pueblo. En otros casos los trámites costaron más que el capital declarado para la MYPE debido a observaciones impertinentes que imponen algunas notarías y la SUNARP. Esta realidad contrasta con las facilidades que conceden los paraísos fiscales del mundo y como referencia citamos los siguientes: http://es.wikipedia.org/wiki/Para%C3%ADso_fiscal
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico –O
CDE- señala como Paraísos Fiscales los siguientes: Andorra, Anquila, Antigua y Barbuda, Antillas Neerlandesas, Aruba, Bahamas, Bhréin, Bermudas, Dominica, Gibraltar, Granada, Islas Caimán, Islas Cook Islas Marshall, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas, Liberia, Liechtenstein, Mónaco, Montserrat, Nauru, Nive, Panamá, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Marino, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Vanuatu.
Sería loable que el proyecto de la MYPE se consolidara por parte de la administración gubernamental modificando las normas dentro del marco referencial siguiente:
· Debería implantarse el mono tributo para la MYPE, incluyendo estabilidad jurídica y tributaria en la misma forma que se aplica a empresas mineras, petroleras, gas, y otras. Todos somos iguales ante la ley. Nadie debe ser discriminado. Así lo consagra la constitución política. Esta práctica permitirá incrementar la base tributaria en razón directa a la formalización masiva.
· En la MYPE debería impulsarse de oficio algunos trámites precisados en la ley con el objeto de eliminar trabas de la burocracia, así como eliminar costos innecesarios.
· Las MYPE deberían tener pleno derecho a participar en todo tipo de actos y contratos con el estado para fines de abastecimiento de bienes y servicios sin el requisito de experiencia previa. Es obvio que una empresa recién constituida no podría acreditar este requisito, resultando así excluida del proceso en forma arbitraria y discriminatoria.
· Se debe supervisar la ejecución del programa MYPE para garantizar el éxito del mismo, y en caso de detectarse irregularidades o trabas de la burocracia, se procederá a corregir y castigar a los infractores aplicando sanciones oportunas y eficaces.
· La MYPE genera autoempleo masivo y alivia la pobreza del pueblo. En muchos casos son promovidas por ex servidores pensionistas y jubilados de reconocida experiencia técnica y profesional cuyas virtudes no deberían desperdiciarse.
· La MYPE constituye palanca del desarrollo. Pues, hoy día importamos todo: desde agujas hasta “patas de cabra”, calcetines, camisas, y la más simple cerámica, etc. Esta política neo liberal de libre mercado es nefasta para el pueblo, no solo porqué genera desempleo desterrando el trabajo productivo, sino que hace perder autoestima al convertir a la persona en ser minusválido con la única alternativa de emigrar al primer mundo. Hoy se estima que existen tres millones de peruanos en el exterior.
· Con la MYPE debemos dar valor agregado a los recursos naturales como el Oro, cobre, zinc, plata; biodiversidad, agroindustria, y artesanía que hoy regalamos a precios miserables. ¿Para qué sirven entonces más de cien universidades que tiene el Perú con cientos de filiales? Aquí abundan doctores, ingenieros, etc. ¿Acaso solo estamos preparados para hacer taxi y prestar servicios en el primer mundo?.........